CRIANZA SIN CASTIGO FÍSICO
El Código Civil Colombiano es una norma bastante antigua, de 1887, su artículo 262 inicialmente establecía que el padre tendría la facultad de corregir y castigar moderadamente a sus hijos, y que cuando esto no alcanzare, podría imponerles la pena detención. En 1974 el artículo 21 del Decreto 2820 modificó esta normaestableciendo que los padres …




